El Supremo no revisará las sentencias firmes sobre «cláusulas suelo» anteriores al fallo europeo.

El Tribunal Supremo rechaza la revisión de las sentencias firmes dictadas antes de la doctrina europea que exige la retroactividad total de las cláusulas suelo, sentada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) mediante sentencia de 21 de diciembre de 2016.

En este sentido señala que «no es posible obtener la revisión de una sentencia firme por el hecho de que una sentencia posterior establezca una jurisprudencia que sea incompatible con los argumentos que fundamentan el fallo de la sentencia anterior». Por ello, indica que debe prevalecer el efecto de cosa juzgada de la sentencia firme dictada con anterioridad.

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