Se publica el Real Decreto-Ley 21/2018, de 14 de diciembre, publicado en el BOE de 18 de diciembre de 2018, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

El Real Decreto-Ley 21/2018, de 14 de diciembre, publicado en el BOE de 18 de diciembre de 2018, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, ha venido a modificar entre otras, la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos (LAU), introduciendo las siguientes novedades a tener en cuenta respecto a los contratos de alquiler:

  1. La ampliación de la duración mínima del arrendamiento o alquiler de la vivienda, así como su prórroga. Es decir, aumenta el plazo legal mínimo en el que el inquilino puede permanecer en la vivienda arrendada. Según se dispone, se amplía el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de 3 a 5 años, o 7 años si el arrendador es persona jurídica.
  2. Igualmente, se incrementa el plazo de prórroga tácita, pasando de 1 a 3 años.
  3. La limitación de la garantía accesoria a la fianza que puede exigir el propietario o arrendador, con un límite fijado que no podrá exceder de dos mensualidades de renta de alquiler, salvo que se trate de un supuesto de contrato de larga duración.
  4. La obligación de pago del agente inmobiliario que intervenga en el negocio jurídico por parte del propietario o arrendador, si éste es persona jurídica, esto es, una empresa o sociedad.
  5. La reducción de la mayoría requerida para que una Comunidad de Propietarios pueda acordar el límite o condicionar el uso de un inmueble como vivienda turística, así como establecer una cuota especial sobre el inmueble que se destine a dicho fin. En este sentido y en lo que afecta a esta medida, se ha modificado la Ley sobre Propiedad Horizontal. Esta medida solo podrá aplicarse a nuevos pisos turísticos, y no a los ya existentes, por el principio de irretroactividad.
  6. El aumento del porcentaje del fondo de reserva de las comunidades de propietarios, que debe cumplirse en un plazo de tres años. Con esta medida, debe aumentar al 10 % el fondo de reserva.

Facilitamos a continuación el acceso al texto completo publicado en el BOE:

https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/18/pdfs/BOE-A-2018-17293.pdf

 

 

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